violencia contra las mujeres
- Efrain Delgadillo

- 2 nov 2024
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 5 nov 2024
En términos concretos y haciendo referencia a la información descrita por ONU MUJERES en sus datos sobre los tipos de violencia que sufren o experimentan las mujeres y las niñas, connotamos que dicha violencia corresponde a la más clara de las violaciones hacia los derechos humanos en el mundo. Lo cual lastimosamente se replica y reproduce en cualquier lugar y de un sinnúmero de formas y condiciones y que además genera graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas, hasta llegar a una desigualdad dentro de la sociedad.
Empecemos por definir que la violencia contra las mujeres y niñas se refiere a “Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”.
La violencia contra mujeres y niñas en el ámbito privado incluyen:
Violencia económica. Cuando un sujeto genera una codependencia financiera a otra persona, ejerciendo un control sobre la cuestión de dinero principalmente, limitando incluso su trabajar o asistir a la escuela.
Violencia psicológica. Cuando se ejerce intimidación subsecuentemente bajo amenazas de causar algún daño o lastimar y provocando temor y sometimiento.
Violencia emocional. Cuando por medio de señalamientos, críticas, insultos, represiones se infravalora la autoestima de la persona.
Violencia física. Causar o intentar causar daño a otra persona mediante cualquier tipo de fuerza física contra ella, incluso causar daños a la propiedad.
Violencia sexual.
Feminicidio. Este se refiere al asesinato mal intencionado de una mujer por el hecho de serlo, no se trata solo de una asesinato común o cualquiera de una mujer o niña. Hay una gran diferencia entre el feminicidio y el asesinato de hombres. En la mayoría de los casos, por ejemplo, quienes cometen los feminicidios son parejas o ex parejas de la víctima, y suponen la culminación de un proceso de abusos, amenazas o intimidación constantes en el hogar o en la relación, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres se encuentran en una condición de inferioridad con respecto a su agresor.
Asesinatos por honor: Consisten en asesinar a un familiar, a menudo una mujer o una niña, alegando que la persona en cuestión ha traído el deshonor o la vergüenza a la familia.
Violencia sexual. Cualquier acto de naturaleza sexual cometido contra la voluntad de otra persona, ya sea que esta no haya otorgado su consentimiento. Este tipo de violencia puede incluir: Acoso sexual que abarca el contacto físico no consensuado. Incluye también abucheos, comentarios sexuales sobre el cuerpo o el aspecto de una persona, la solicitud de favores sexuales, miradas sexualmente sugerentes, acecho o exhibición de órganos sexuales. Violación: es cualquier penetración vaginal, anal u oral no consentida por parte de otra persona utilizando cualquier parte del cuerpo o un objeto. Violación correctiva: Forma de violación perpetrada contra una persona por su orientación sexual o su identidad de género. Su finalidad es obligar a la víctima a comportarse de manera hetero-sexual o acorde con una determinada visión normativa de la identidad de género.
Cultura de la violación: Es un tipo de ambiente social que permite tiende a normalizar, justificar y estimular la violencia sexual.
Trata de personas. Referente a los actos de comprar o adquirir personas pero también a la explotación física y sexual que se ejerce por medio del maltrato inhumano sobre estas personas.
Mutilación genital femenina. (MGF) incluye procedimientos destinados a alterar de manera intencionada o causar daños en los órganos genitales femeninos por razones no médicas. Se clasifica en cuatro grandes tipos, y tanto la práctica como las motivaciones que subyacen a ella varían según los lugares. La MGF es una norma social, a menudo considerada como un paso necesario para preparar a las niñas para la madurez y el matrimonio. Por lo general se debe a creencias asociadas al género y a su relación con una “expresión sexual adecuada”. Se clasificó por primera vez como violencia en 1997 a través de una declaración conjunta de la OMS, el UNICEF y el UNFPA.
Matrimonio infantil. Es el matrimonio en el que uno o ambos cónyuges sean menores de 18 años. Constituye una violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece que “[sólo] mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio”. Las niñas tienen una probabilidad mayor que los niños de casarse siendo menores de edad.
Violencia en línea o digital. Es cualquier acto de violencia cometido, asistido o agravado por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones contra una mujer por el hecho de serlo. La violencia en línea puede incluir: Ciberacoso: el envío de mensajes intimidatorios o amenazantes. Sexteo o sexting: Envío de mensajes o fotos de contenido explícito sin contar con la autorización de la persona destinataria. Doxing: Publicación de información privada o identificativa sobre la víctima.
Bibliografía
Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas. (n.d.). ONU Mujeres. Retrieved October 16, 2024, from https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faqs/types-of-violence




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